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Revista Canalempresa
PREVENCIÓN
DE RIESGOS LABORALES
UNA
EMPRESA UBICADA EN ANDALUCÍA HACE FRENTE A UNA MULTA
MILLONARIA
La
ley de prevención de riesgos laborales de 1995, se
muestra tajante al reconocer
el derecho de los trabajadores, en el ámbito laboral, a
la protección de
su salud e integridad. Ese derecho a la seguridad implica
no pocas obligaciones para las empresas. Sobra decir que
las organizaciones que no atiendan
a lo establecido deberán hacer frente a multas de
importancia. Esto es lo
que le ha ocurrido a la Enterprise de Travaux
Internationaux (ETI), por
incumplimiento
de la normativa sobre seguridad y salud laboral.
El
Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha
sancionado con 110 millones a la empresa ETI. Al parecer,
en el desarrollo de unas obras realizadas en Málaga por
esta sociedad se produjeron varios accidentes, uno de
ellos supuso la muerte directa de un trabajador. La Junta
se ha basado a la hora de
realizar
su dictamen en las inspecciones llevadas a cabo en los
meses de mayo, junio y julio del pasado
año 2000. El contratista principal de la obra había
incumplido la práctica totalidad de obligaciones
establecidas.
Los
reglamentos de desarrollo especifican, en el caso de obras
de construcción, cuales son los pasos a
dar por parte de las empresas. En primer lugar se ha de
comunicar a la autoridad laboral la apertura del centro de
trabajo; a continuación se elaborará un plan de
seguridad y salud, atendiendo al criterio de los
especialistas, y de acuerdo con la normativa vigente. Por
último se informará a las subcontratas sobre las medidas
a tomar.
Los
controles periódicos llevados a cabo por técnicos en la
materia harán que el incumplimiento de la normativa se
pague caro. La citada Ley fija las actuaciones de las
Administraciones públicas que puedan incidir
positivamente en la consecución del objetivo: conseguir
un ambiente de trabajo seguro y
con
garantías para la salud.
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