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Revista Canalempresa
MEDIO
AMBIENTE
EL
COMITÉ DE CONCILIACIÓN DE LA UE ACUERDA LOS CRITERIOS
MÍNIMOS PARA LAS INSPECCIONES MEDIOAMBIENTALES
El
Parlamento y el Consejo europeos han alcanzado un acuerdo
sobre los criterios mínimos para las inspecciones
medioambientales en los Estados miembros.
El principal obstáculo entre ambas instituciones era la
naturaleza del texto, ya que los eurodiputados pretendían
que tuviera rango de directiva.
Finalmente,
el Comité de Conciliación ha optado por un avance
progresivo y se empezará
con una recomendación que se transformará posteriormente
en una directiva.
El
texto aprobado sugiere que los Estados miembros elaboren
planes previos para las inspecciones que
que alcancen todo su territorio y las instalaciones. Estos
planes deberían cubrir como mínimo la definición del área
geográfica que abarcan, el período de vigencia, las
previsiones específicas para sus
revisiones,
la identificación de lugares concretos o tipos de
instalaciones que cubre, los programas para
las inspecciones rutinarias y las extraordinarias, y la
coordinación entre las distintas autoridades de inspección.
Por ello, el texto establecerá inspecciones para todas
las instalaciones industriales y otras empresas cuyas
emisiones estén sujetas a autorización, permiso o
licencia bajo la legislación europea.
Los controles incluyen visitas en terreno y la verificación
de la autoevaluación de los operadores de control de las
instalaciones, además de la revisión de las premisas, el
equipo y la idoneidad de la gestión medioambiental.
Además,
las visitas de control tendrán que completarse con
informes que incluyan los hallazgos y unas
conclusiones.
Estos informes se publicarán dos meses después de las
inspecciones. El objetivo de la
recomendación
es contribuir a reforzar las leyes medioambientales
comunitarias en los Estados miembros para que se efectúe
una aplicación de las mismas más consistente.
La
recomendación prevé especialmente dos tipos de
inspecciones. Una de ellas es la de rutina, realizada
como parte de un programa de inspección planeado. La
segunda se llevará a cabo como seguimiento
de las quejas recibidas, además de la renovación o
modificación de una autorización, o la
investigación
de accidentes o incumplimientos.
Dos
años después de la entrada en vigor de la recomendación,
los Quince informarán a la Comisión de
su experiencia, y el ejecutivo comunitario revisará la
efectividad de este texto. Además, presentará un
informe
al Parlamento y al Consejo, acompañado, si fuera
apropiado, de una propuesta de directiva.
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