Homepage?  

FOROS:


DIRECTORIOS:



 


by Canal IP

 
 

 

 

REVISTA CANALEMPRESA


Home Revista Canalempresa

ACTUALIDAD LEGAL

 LAS INDEMNIZACIONES POR LA CARENCIA DE VACACIONES DEBEN ESTAAR SUJERAS AL IRPF

 El alto tribunal ha declarado en una sentencia que las indemnizaciones que las empresas conceden a sus trabajadores que no han disfrutado de sus correspondientes vacaciones deben ser sometidas a las retenciones del IRPF.

 El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara que las indemnizaciones que las empresas dan a sus trabajadores por no haber cogido sus vacaciones en un determinado período de tiempo, forman parte del salario, y que, por tanto, están sujetas a las retenciones correspondientes del IRPF.

 De esta manera, el alto tribunal explica que no existe ningún derecho del trabajador que establezca que las vacaciones deban ser en verano, si no es que esta medida se suscribe en un pacto con la empresa a través del convenio colectivo. Del mismo modo, la sentencia mantiene que la indemnización que recibe el empleado, en caso de no tener vacaciones, debe ser considerada como un incremento del salario.

B. empleo
Add anuncio
B. anuncios
Add anuncio


SERVICIOS ON-LINE

alta buscadores
pago por clic
hosting
notas de prensa
traducciones
añadir servicio
 

 
 


Canal Empresa

"La sintonía de información y servicios para la empresa"
© Copyright 2001-2008. Netalarium S.L. Todos los derechos reservados.

Política de confidencialidad - Aviso legal y condiciones generales

Controlia